Reclamación cantidades de la Carrera Profesional

SIGUE LA CHAPUZA EN LA CARRERA PROFESIONAL

En la nómina del mes de diciembre, la Administración del Principado de Asturias ha procedido a abonar las cantidades de la mal llamada carrera profesional. El abanico salarial ha quedado aún más abierto de lo que ya estaba, discriminando nuevamente a los salarios más bajos, todo el personal no fijo ha sido excluido del cobro de estas cantidades y al no haberse determinado previamente las condiciones que deben cumplirse para el cobro, el abono a cuenta queda pendiente para su consolidación de que la Administración publique los requisitos para que el cobro pueda considerarse como definitivo.

Como tampoco se ha desarrollado conforme a la legalidad la carrera profesional, la Administración no ha tenido otro remedio que reinventar el Complemento de Productividad, regulado por la legislación vigente, en “Complemento de Productividad por incentivos al rendimiento, a cuenta”. Esto supone el evidente riesgo de que la aplicación de estas cantidades pueda ser impugnada por cualquier persona u organización y declarada como nula la Resolución que lo prescribe (Resolución de 4 de diciembre de 2007, publicada en el BOPA de 10 de diciembre) al aplicar a un concepto retributivo existente, las cantidades concebidas para la carrera profesional. La nulidad, podría llegar incluso a que la Administración se vea en la tesitura de ser obligada a reclamar la devolución de las cantidades abonadas de forma ilegal.

Pero esta chapuza generalizada, fruto del interés electoralista en un principio, y del empecinamiento de la Administración y los sindicatos que la jalean, nos permite a quien nos oponemos frontalmente a ella sacar tres conclusiones:

1.- La irresponsabilidad con la que actúan el Gobierno asturiano y sus adláteres, que con el cebo del dinero fácil pretenden sustituir la aplicación de las retribuciones decididas fruto de la negociación colectiva que afecta a la generalidad de los empleados públicos y protege a los más débiles, por otro sistema en el que primen las asignaciones individuales de aumentos salariales según los criterios que decida la Administración y que indudablemente van a beneficiar a los grupos más altos y mejor retribuidos (en la Administración Asturiana tenemos muchos cientos de “mileuristas”).

2.- Que todos los empleados públicos, sin discriminaciones ni compromisos incondicionales, podamos reclamar las cantidades que ellos mismos establecieron.

3.- El concepto de productividad ya está regulado por la legislación vigente tanto para el personal laboral como el personal funcionario (Ley 3/85 de Ordenación de la Función Pública y Convenio Colectivo). A pesar de nuestro rechazo a este Complemento, por ser el más alejado de un sistema salarial fundado en la equidad y en la justicia distributiva, este no establece como condición para percibirlo la firma de compromiso alguno, ni tener ninguna antigüedad en ninguna categoría, ni la obligación de tener la condición de fijo, ni prevé la posibilidad de una futura devolución de las cantidades percibidas.

QUÉ VA A HACER LA CORRIENTE.

La Corriente Sindical d’Izquierda presentó Recurso de Reposición contra la Resolución de 4 de diciembre, pidiendo QUE SE GARANTICE EL PAGO de las retribuciones a las que hace referencia, A TODO EL PERSONAL al servicio de la Administración del Principado, con independencia de la naturaleza fija o de interinidad de su relación de servicios o laboral, o de la antigüedad en la empresa y de que hayan suscrito o no compromiso alguno con la Administración; así como que se eleven las retribuciones de los grupos inferiores haciendo desaparecer la desproporcionada diferencia que existe en la actualidad.

QUÉ TE RECOMENDAMOS HACER A TI.

1.- Recomendamos la “reclamación de cantidad” individual.

2.- Por otra parte, por seguridad procesal, presentar también un Recurso de Reposición contra la Resolución de 4 de diciembre (BOPA de 10 de diciembre); para este recurso la fecha límite es el 11 de enero.

Así pues, animamos a todo el personal que no la haya percibido proceda a presentar ambas reclamaciones. Os adjuntamos los modelos.

QUIÉN PUEDE PRESENTAR LAS RECLAMACIONES.

Puede presentarlas cualquier trabajador o trabajadora que haya trabajado en nuestra Administración durante el año 2007, aunque no haya completado todo el año; en este último caso se reclamará la parte proporcional al período trabajado.

PLAZOS. PERSONAL LABORAL, PERSONAL FUNCIONARIO.

El plazo para presentar la reclamación de cantidad para el personal laboral es de un año a partir del ingreso de la nómina (diciembre de 2007), aunque aconsejamos hacerlo cuanto antes. Una vez presentada la reclamación, en el más que probable caso de que la Administración no responda, a partir de que se cumpla un mes de silencio administrativo se dispone de dos meses para la presentación formal de la reclamación en la vía judicial.

En el caso del personal funcionario hay cuatro años para presentar la reclamación de cantidad; igualmente recomendamos presentarlo cuanto antes. Si se produce el silencio administrativo (tres meses) se abre la vía contencioso-administrativa, para la cual os recomendamos iniciarla antes del plazo de 6 meses.

Tanto la reclamación de cantidad como el recurso de reposición, en los modelos que os adjuntamos, deben presentarse de forma individual en los Registros del Principado de Asturias. Os recordamos que el Recurso de Reposición hay que presentarlo hasta el día 11 de enero (inclusive).

Importante: es imprescindible que conservéis una copia del recurso presentado, sellada por el Registro.

Para continuar con el proceso, ya sea en vía laboral o contencioso-administrativa, ponemos a vuestra disposición los servicios jurídicos de la Corriente. Para los afiliados los servicios son gratuitos, mientras que para los no afiliados se establecerá una tarifa asequible a todos los casos. Poneos en contacto con nosotros a través del correo electrónico (csi@princast.es), del delegado más cercano, o a través del teléfono 985.10.82.25 los viernes de 9 a 14 h.

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LOS RECURSOS (ver documentos adjuntos).

Rellenar los huecos de los recursos de la siguiente manera:

1) Nombre y apellidos.
2) Número y letra.
3) Laboral o funcionario.
4) Indicar la categoría profesional.
5) Consejería que proceda.
6) Indicar un domicilio a efectos de notificaciones.
7) Indicar la cantidad correspondiente al Grupo de adscripción. Os recordamos las cantidades para cada grupo:

Grupo A: 2.500 €.
Grupo B: 1.600 €.
Grupo C: 1.050 €.
Grupo D: 850 €.
Grupo E: 650 €.

8) Personal laboral o funcionario.
9) Centro de trabajo.

Comentarios

abogados laborales ha dicho que…
Creo que en este tipo de cosas debería de entrar más el sentido común porque no se pueden ver algunas barbaridades que se están viendo...