Reclamación de cantidades Carrera Profesional

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD PARA EL PERSONAL LABORAL
Esta información está destinada a aquellos trabajadores laborales que presentaron la reclamación de cantidad durante los primeros días de enero, ya que como os comentábamos en la información de la reclamación de cantidad los plazos para el personal laboral son: un mes de silencio administrativo y dos para presentar la demanda, como quiera que varias de las reclamaciones fueron presentadas el 9 de enero y siguientes, el plazo del personal laboral para presentar la demanda finaliza para estos el día 9 de abril y siguientes, por lo que quienes deseéis presentar la reclamación de cantidad a través de los servicios jurídicos de la CSI os rogamos que nos facilitéis antes del lunes día 31 de marzo las copias presentadas en registro.
Conviene aclarar que lo presentado hasta ahora es una reclamación previa de cantidad a la vía judicial, si la administración no contesta (silencio administrativo) se entiende desestimatorio, y es preciso ir a juicio para poder reclamarlo, y será decisión judicial el cobro o no de las cantidades demandadas.
TARIFAS: Para los afiliados a la CSI los servicios jurídicos son gratuitos y para los no afiliados, en este asunto, pagarán sólo en el caso de ganar (10% de la cantidad reclamada).
Insistimos en la total voluntariedad de presentar la reclamación a través de nuestros servicios jurídicos, así quien quiera presentarlo a través de su propio abogado, y si así lo desea, se le facilitará una copia de los fundamentos jurídicos de la demanda.
MUY IMPORTANTE: Para presentar la reclamación de cantidad es imprescindible:
1º- Vuestra firma de la demanda.
2º- Que acudáis al juzgado a otorgar un poder de representación a favor de nuestros letrados (apud acta), para lo cual se os avisará oportunamente (para este trámite hay permiso retribuido por el tiempo indispensable, art. 26,10 del vigente Convenio Colectivo), no olvidéis facilitarnos un número de teléfono para avisos.

Para aquellas personas que hayan presentado la reclamación de cantidad en fechas posteriores rogaríamos se fueran poniendo en contacto con nosotros a los efectos de agrupar las siguientes demandas de cantidad en fechas posteriores.
Para entregar la copia de la reclamación estaremos todos los viernes de marzo de 9 a 14,30 horas en los locales de la CSI en la C/ Santa Susana, 29 de Oviedo, y en el teléfono 985 10 82 25 (Ext. 18225), donde atenderemos todas vuestras consultas.


RECLAMACIÓN DE CANTIDAD PARA EL PERSONAL FUNCIONARIO
En el caso de personal funcionario los plazos son más amplios, os recordamos que desde que hayáis presentado la reclamación de cantidad el silencio administrativo se produce a los tres meses, a partir del cual se abre la vía contencioso-administrativa, por lo que quienes tengáis intención de acudir a la misma a través de nuestros servicios jurídicos os rogamos os pongáis en contacto con nosotros, a los efectos de agrupar las reclamaciones. El coste de la misma es idéntico que para el personal laboral.
RECURSOS DE REPOSICIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN DE ABONO DE LAS CANTIDADES
Aquellas personas, tanto laborales como funcionarios, que interpusieron Recurso de Reposición contra la Resolución de 4 de diciembre (BOPA de 10 de diciembre de 07), tanto si no recibieron contestación como si recibieron el rechazo del recurso por extemporaneidad, durante el mes de marzo podéis hacernos llegar tanto la copia original registrada del Recurso como la contestación de la Administración; el sindicato unificará todos los recursos en un único proceso contencioso-administrativo. Todo ello salvo que optéis por presentarlo por vuestra cuenta. Si optáis por utilizar los servicios de la Corriente, este recurso no conllevará coste alguno para los afiliados y tampoco para los no afiliados.
PARA CUALQUIER DUDA OS INFORMAREMOS A TRAVÉS DE NUESTROS DELEGADOS Y DELEGADAS, O EN NUESTRO TELEFÓNO 985 10 82 25 (Ext. 18225) todos los viernes.

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